Con carácter previo a iniciar una actividad debemos asesorarnos sobre cuál es la forma en la que más nos interesa ejercer esa actividad, como persona física o como persona jurídica (constituyendo una empresa)
Si la opción ha sido constituir una empresa debemos saber que existen unos trámites necesarios que resumimos brevemente a continuación:
- CERTIFICACION NEGATIVA DE NOMBRE
Se trata de un certificado emitido por el Registro Mercantil que acredita que no existe otra sociedad con el mismo nombre que el elegido por nosotros.
- AUTORIZACION ADMINISTRATIVA PREVIA
Es exigible para determinados casos especiales.
- ACUERDO DE VOLUNTADES
Se trata de un documento privado por el que los socios o participes acuerdan la constitución de la sociedad y que nos va a servir para el siguiente paso.
- SOLICITUD DE C.I.F. PROVISIONAL
Se solicita en la Administración de Hacienda aportando la certificación negativa de nombre y el acuerdo de voluntades.
- APERTURA DE CUENTA EN BANCO
Con el C.I.F. provisional y acuerdo de voluntades se abrirá una cuenta a nombre de la sociedad en una entidad bancaria la cual emitirá un certificado con el capital aportado que nos servirá para el paso siguiente.
- OTORGAMIENTO ESCRITURA PUBLICA
Se firma ante notario la escritura de constitución al que se une la certificación negativa de nombre, C.I.F., certificación del banco y estatutos.
- IMPUESTO DE TRANSMISIONES PATRIMONIALES Y ACTOS JURIDICOS DOCUMENTADOS
Liquidación de este impuesto en la oficina liquidadora correspondiente.
- INSCRIPCION EN REGISTRO
- Registro Mercantil, para las sociedades mercantiles. Una vez tengamos la escritura se presenta a su inscripción para que la sociedad adquiera plena capacidad.
- Otros registros, para sociedades cooperativas y sociedades laborales.
- SOLICITUD C.I.F. DEFINITIVO
Con todos los pasos anteriores realizados ya se solicita el C.I.F. definitivo en la Administración de Hacienda.