¿ Dónde, cuando y cómo pagar el Impuesto de sociedades ?

 

Ayza Asesores

A continuación hacemos una explicación muy breve del impuesto.

Su regulación está recogida en el R.D. Legislativo 4/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Impuesto de Sociedades.

Lo define la ley como un tributo de carácter directo y naturaleza personal que grava la renta de las sociedades y demás entidades jurídicas.

Su aplicación es en todo el territorio español, pero teniendo en cuenta lo regímenes forales de Navarra y País Vasco.

El importe a pagar del impuesto (cuota) es el resultado de aplicar al beneficio contable los ajustes correspondientes (en más o en menos), a lo que se aplicará el tipo (%) correspondiente y al que restaremos las deducciones y bonificaciones que podamos tener.

El impuesto se presenta mediante el modelo 200 de la Agencia Tributaria hasta el día 25 de julio del año siguiente al que estamos haciendo la declaración.

Las empresas tienen obligación de presentarlo por internet con certificado electrónico (firma digital)

El pago puede hacerse bien mediante domiciliación bancaria para lo cual el impuesto deberá presentarse hasta cinco días antes del vencimiento, esto es, hasta el día 20 de julio.

También podrá pagarse en efectivo o con cargo en cuenta, en estos casos habrá que obtener un NRC (número de referencia completo) que es un código que genera informáticamente la entidad bancaria mediante un sistema criptográfico que relaciona el NRC con la declaración.

El NRC también se puede obtener desde la web de la entidad bancaria si tiene con ella este servicio.

También podrá solicitar el aplazamiento del pago del impuesto si así lo considera por no poder hacer frente al pago en la fecha concreta.